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La Guardia Nacional retoma facultades para multar en carreteras federales

El 26 de mayo de 2026 marcó un cambio importante en la regulación del tránsito en carreteras federales de México. A partir de esa fecha, la Guardia Nacional recuperó la facultad para inspeccionar vehículos, dirigir el tránsito y sancionar a conductores que incumplan el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Esta reforma legal busca fortalecer la seguridad vial y la colaboración con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), con el objetivo de prevenir accidentes y mejorar el orden en las vías federales.

Entre las nuevas atribuciones de la Guardia Nacional destacan:
– Inspección de vehículos y verificación de sistemas de frenado.
– Emisión de dictámenes técnicos y elaboración de actas-convenio en hechos de tránsito.
– Aplicación de sanciones a quienes infrinjan el reglamento, incluyendo multas que van desde 10 hasta 50 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria, equivalente a montos entre 1,173 y 5,865 pesos.
– Apoyo en la verificación de conductores de autotransporte federal y privado.
– Custodia de conductores, pasajeros y vehículos involucrados en incidentes para facilitar la investigación de las autoridades correspondientes.

El decreto también establece sanciones específicas para conductores que se nieguen a acatar órdenes, entregar documentación o que agredan a policías, autoridades o personal de emergencia.

En línea con los Objetivos Mundiales 2030, que buscan reducir en un 50% las muertes por accidentes viales, la Guardia Nacional implementó operativos permanentes para mejorar la seguridad:
– Cinturón: para garantizar el uso del cinturón de seguridad.
– Carrusel: para fomentar el respeto a los límites de velocidad.
– Radar: para detectar vehículos que excedan los límites permitidos.
– Casco: para verificar que los motociclistas usen casco.

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